RESUMEN ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa NEOTEC)

Ya están publicadas en el BOE las ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa NEOTEC) https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-B-2022-15664 La finalidad que se persigue es ayudar en la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de la tecnología.
Bases reguladoras: Orden CIN/373/2022, de 26 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas, por parte del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) a proyectos de I+D y nuevos proyectos empresariales del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. https://www.boe.es/eli/es/o/2022/04/26/cin373
Entidad que concede la ayuda: Las Ayudas de esta convocatoria consistirán e subvenciones y entrega dineraria sin contraprestación, concedidas por la Entidad Pública Empresarial Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI).
Finalidad: La finalidad que se persigue es ayudar en la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de la tecnología.
Además se prima la incorporación de personas con grado de doctor a la empresa, para reforzar sus capacidades de absorción y generación de conocimiento
Sin embargo no se financiarán los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia, ni aquellos que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de la tecnología.
Beneficiarios:
Podrán solicitar las ayudas, las pequeñas empresas innovadoras que cumplan los siguientes requisitos:
- Constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a la presente convocatoria.
- Con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el Registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud.
- Que se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de depósito de cuentas anuales, en su caso depositadas en el Registro Mercantil o Registro Oficial correspondiente a la fecha de la presentación de la solicitud de la ayuda.
Las ayudas se solicitarán para actuaciones anuales o plurianuales.
Gastos subvencionables: Se financiarán los gastos destinados a:
- Inversiones en equipos.
- Gastos de personal, materiales.
- Colaboraciones externas/asesoría.
- Otros costes como: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de la propiedad industrial, seguros, gastos de difusión, promoción, formación y los derivados del informe de auditor.
Estos gastos se financiarán siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo de este.
Plazo: El plazo de presentación de solicitudes y documentación finalizará el día 5 de julio de 2.022, a las 12.00 horas del mediodía, hora peninsular.
Cuantía: Las cuantías de las ayudas serán:
- Hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario.
- Para aquellas actuaciones que incluyan la contratación laboral de, al menos un doctor, se podrá financiar hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 325.000 euros por beneficiario.
- Adicionalmente, la cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 10.000 euros en las actuaciones que hayan solicitado la formación prevista en la convocatoria y cumplan los requisitos indicados en la misma.
El presupuesto financiable mínimo de la actuación será de 175.000 euros, sin contar los gastos de formación previstos en la convocatoria.